Micelio
Auto10 de octubre de 2018

A- de 2018

Ponente Luis Guillermo Guerrero Pérez

01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Informe A Objeciones Gubernamentales
  • Exigencia de votación nominal y pública
Vicio De Procedimiento
  • Carácter subsanable
Vicios De Procedimiento Subsanables
  • Requisitos para aplicar facultad de devolución de Proyecto de Ley
3 temas · 3 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Con el presente auto se ordena DEVOLVER el expediente legislativo al Congreso de la República, para que subsane el vicio consistente en la omisión del requisito de votación nominal y pública del informe de objeciones gubernamentales en la plenaria de la Cámara de Representantes respecto del proyecto de Ley No. 206/16 (Senado) y 094/15 (Cámara), “por medio del cual se modifica el número de semanas por cotizar para acceder a la pensión por parte de las mujeres”.

Se dispone que, una vez se subsane el vicio mencionado, se remita nuevamente el expediente a la Corte para resolver sobre su constitucionalidad.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (3 puntos)
  1. PRIMERO. DEVOLVER el expediente legislativo al Congreso de la Republica, para que subsane el vicio consistente en la omision del requisito de votacion nominal y publica del informe de objeciones gubernamentales en la plenaria de la Camara de Representantes respecto del proyecto de ley No. 206/16 (Senado) y 094/15 (Camara de Representantes), "por medio del cual se modifica el numero de semanas por cotizar para acceder a la pension por parte de las mujeres".
  2. Para el cumplimiento de lo anterior, el Congreso de la Republica tendra un plazo maximo de treinta (30) dias habiles, contados a partir de la notificacion de este auto en el Congreso.
  3. SEGUNDO. Una vez se haya subsanado el vicio en los terminos del numeral anterior, el Presidente del Congreso remitira a la Corte el proyecto de ley objetado por el gobierno, acompanado del expediente legislativo correspondiente, a fin de que este tribunal resuelva sobre su constitucionalidad, de conformidad con el articulo 167 de la Constitucion Politica.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.